El Modelo 425 es el equivalente al MOD 390 Peninsular, adaptado a los Impuestos Canarios.
Mediante la confección de este modelo informaremos a la Agencia Tributaria de los datos acumulados de un ejercicio de las Autoliquidaciones de IGIC realizadas durante el año.
Para ello SQL CONTA dispone, de igual forma que en el caso del resto de modelos oficiales, de la posibilidad de gestionar la generación, cumplimentación y presentación de este; ya sea por un cálculo automática en función de los movimientos reflejados en la Contabilidad o manual mediante la introducción o actualización de los importes por parte del usuario.
Para dar de alta un nuevo modelo 425 insertaremos un registro (tecla +); al que se le asignará una Fecha de Creación, un nombre con el que identificarlo.
En este modelo no es preciso seleccionar periodo, ya que el sistema asumirá siempre el año completo del periodo al que corresponda la Contabilidad.
Una vez confirmado el registro se seleccionará la opción de Calcular, la aplicación nos informará de que va a realizar la cumplimentación del documento con los datos existentes en la contabilidad. Este aviso es de interés en el caso de que en ejecuciones previas se hubieran introducido o modificado algún dato de forma manual por el usuario, que con el nuevo cálculo se sobrescribirá.
De igual forma se comunican los factores que no se rellenarán por parte del sistema en el modelo; para anticipar que si alguno de ellos requiere ser liquidado o informado deberá ser añadido de forma manual por usuario sobre el modelo calculado.
Si se desea que NO sea rellenado automáticamente el modelo, en lugar de pulsar calcular, y una vez dado de alta el registro del fichero, podremos seleccionar directamente las pestañas de las diferentes páginas del Modelo, donde se podrá ir rellenando manualmente los valores a declarar; de acuerdo con los valores introducidos el programa rellenará automáticamente las casillas de totales y de otros datos calculables, que son las que aparecen con fondo amarillo.
Una vez realizado el cálculo de datos, podremos entrar a la pestaña Datos identificativos para comprobar la información sobre el propio formulario.
En ella podremos visualizar los datos de:
- Agencia Tributaria Insular (que el programa tomará automáticamente desde la configuración-parámetros)
- También se muestran los datos del contribuyente (traídos desde configuración datos de empresa)
De forma sucesiva se deben ir verificando las distintas pestañas, donde se recogen las sucesivas paginas del Modelo a presentar
- Datos estadist.
- Representantes
- Rég. General
- Rég.gen (Cont.)
- Resultado
- O.Esp./RECC
- REPEP
En cada una de ellas aparecerán cumplimentados los datos obtenidos de los movimientos contables relativos al IGIC del Ejercicio a Informar.
En el caso de las paginas de Rég. General, Rég.gen (Cont.) y Resultado, se recogerán los importes correspondientes a los diferentes movimientos con IGIC que existan en la Contabilidad, con el mismo criterio aplicado en las liquidaciones periódicas de los Modelos 417 SII Autoliquidación o 420 Reg. General Autoliquidación Trimestral.
Al respecto debemos tener en cuenta que los valores correspondientes a:
- Prorratas
- Cuotas a compensa de períodos anteriores
- Tributación por razón de territorio
- Devoluciones mensuales acordadas
- Resultado último período
Son datos que no se rellenarán automáticamente, debemos tenerlo en cuenta, porque en el supuesto de que sea preciso aportarlos y por lo tanto lo hagamos manualmente, si después pulsamos en el botón calcular, esos datos manuales se borrarán y será preciso volver a introducirlos en el documento resultante.
El botón Declaración, realizara las comprobaciones precisas para la posterior presentación a la Hacienda Pública, generando un informe con el detalle de los posibles datos “anómalos” para su corrección.
Si no existe ningún error identificado, se realiza la conexión con Administración Tributaria para validar el documento mediante un servicio web, lo que permite obtener un documento borrador en PDF en el formato oficial.
Como se ha indicado anteriormente incluso si se realiza el cálculo automático, en cualquier momento se podrá rellenar o modificar si fuera necesario, seleccionando la página a tratar y editando las casillas donde necesitemos hacer cambios.
Los botones Impreso Oficial e Impresión de Borrador permitirán acceder al área web de AEAT (para ello es preciso tener instalado en Certificado Digital) para presentar la declaración o para obtener un documento borrador en PDF.
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